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Si usted es jurado de votación sepa cuales son las únicas excusas que lo pueden eximir de acudir a la cita

La jornada electoral de este domingo está cada vez más cerca, por lo que miles de colombianos tendrá que repetir el proceso de ser jurados de votación.

Luego de llevarse a cabo la primera vuelta presidencial el pasado 29 de mayo, las personas que ejercieron como jurados de votación sabían que debían repetir el mismo proceso el próximo domingo 19 de junio, siendo un compromiso ineludible y por los que muchas personas terminan siendo multadas por su irresponsabilidad.

Debido a la importancia de la figura de los jurados de votación, muchos de estos ciudadanos escogidos empiezan a hacer preguntas sobre los comicios y su responsabilidad en el proceso, por lo que una duda muy común es que tipo de excusa es válida para no acudir ese día.

Tal como explica el artículo 108 del Código Electoral, las causales para la exoneración de las sanciones por no prestar el servicio de jurado de votación son las siguientes:

  • Grave enfermedad del jurado o de su cónyuge, padre, madre o hijo
  • Muerte de alguna de las personas anteriormente enumeradas, ocurrida el mismo día de las elecciones o dentro de los tres (3) días anteriores a las mismas
  • No ser residente en el lugar donde fue designado
  • Ser menor de 18 años
  • Haberse inscrito y votar en otro municipio

Cabe mencionar que en el parágrafo del artículo 108 advierte que “la enfermedad grave solo podrá acreditarse con la presentación de certificado médico, expedido bajo la gravedad del juramento; la muerte del familiar, con el certificado de defunción; la edad, con la presentación del documento de identidad; la no residencia, con la certificación de vecindad expedida por el alcalde o autoridad competente del lugar donde se reside y la inscripción y voto, con el respectivo certificado de votación”.