
Comisión de Acusación cerró caso contra Petro por consulta popular: no encontró delito
Aunque el decreto fue suspendido por el Consejo de Estado, la Cámara concluyó que no hay mérito para investigar penalmente al presidente.
La Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes archivó la denuncia contra Gustavo Petro por expedir el decreto de consulta popular. El representante investigador determinó que el acto no constituye una conducta penal, aunque sigue en revisión judicial.
La Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes anunció que no abrirá investigación penal contra el presidente Gustavo Petro por la expedición del Decreto 0639 del 11 de junio de 2025, que convocaba a una consulta popular nacional.
La decisión fue adoptada por el representante investigador Juan Carlos Wills Ospina, del Partido Conservador, quien concluyó que no existe mérito para avanzar con una acción judicial contra el mandatario. Según la resolución, el acto presidencial no configura una conducta punible, por lo cual se cerró el expediente con radicado 6983.
El decreto en cuestión había sido suspendido cautelarmente por el Consejo de Estado, que lo consideró inconstitucional por omitir un requisito clave: el concepto previo favorable del Senado, tal como lo exige el artículo 104 de la Constitución. A pesar de ello, desde la óptica penal, el Congreso determinó que no hubo delito.
En el auto firmado por la Comisión se lee:
“Inhibirse de abrir investigación penal en atención a lo dispuesto en el artículo 327 en concordancia con el artículo 424 de la Ley 600 de 2000”.
La decisión fue notificada formalmente al presidente de la República, así como a los ciudadanos denunciantes, entre ellos la senadora Paola Holguín, la exdirectora del ICBF Cristina Plazas, y el abogado Daniel Briceño, quienes argumentaban una presunta extralimitación de funciones del jefe de Estado.
El decreto sigue en la lupa judicial
Aunque la vía penal quedó cerrada, el Decreto 0639 sigue bajo revisión del Consejo de Estado, que aceptó una demanda de nulidad y suspendió sus efectos jurídicos. El alto tribunal señaló que convocar a una consulta popular sin el aval del Senado constituye un incumplimiento de la ley.
El decreto fue firmado por Petro junto a 15 ministros y 4 ministros encargados, lo que indica que fue una decisión de alto nivel dentro del Gobierno. Sin embargo, desde la perspectiva penal, no se evidenció dolo ni intención ilícita, según concluyó el representante investigador.
La inhibición deja claro que no habrá una indagación formal contra el presidente dentro del Congreso por este hecho, aunque el debate legal sobre la consulta popular sigue abierto en otras instancias judiciales.