Bogotá, Colombia
February 11, 2026
Tribunal admite demanda que pide suspender o regular la cuenta de Gustavo Petro en X
Judicial

Tribunal admite demanda que pide suspender o regular la cuenta de Gustavo Petro en X

Feb 11, 2026

La acción popular busca proteger la moralidad administrativa y la seguridad pública por el uso que el presidente hace de su cuenta personal en la red social.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca admitió una acción popular que solicita la suspensión, restricción o regulación del uso de la cuenta en X del presidente Gustavo Petro, al considerar que podría estar comprometiendo derechos e intereses colectivos.

La decisión fue adoptada el 6 de febrero de 2026 mediante auto firmado por la magistrada Claudia Elizabeth Lozzi Moreno, en el que se notificó formalmente a la Presidencia de la República y al jefe de Estado sobre la admisión de la demanda.

La acción popular fue presentada por el abogado Gonzalo Valbuena Oñate, quien argumenta que el uso que el mandatario hace de su cuenta personal en X (antes Twitter) puede afectar la moralidad administrativa, la seguridad pública y la estabilidad institucional.

Según el demandante, el presidente no puede ser considerado un ciudadano común cuando publica en redes sociales, pues sus mensajes pueden tener efectos institucionales directos. “Cuando habla desde su cuenta personal y anuncia decisiones, desautoriza funcionarios o señala opositores, está ejerciendo poder”, afirmó en declaraciones públicas.

Entre las medidas solicitadas se incluyen la suspensión temporal del uso de la cuenta, la restricción para que el presidente la administre directamente, el traslado de su manejo a un equipo institucional sujeto a protocolos oficiales y la adopción de un reglamento formal sobre el uso de redes sociales por parte del jefe de Estado. También se pide un compromiso público de respeto a la oposición y a la institucionalidad democrática.

La demanda recoge varios episodios que, según el accionante, evidencian un uso inadecuado de la red social. Entre ellos, el anuncio en X del estado de conmoción interior y emergencia económica el 20 de enero de 2025 antes de su formalización legal; la desautorización del aterrizaje de un avión con deportados provenientes de Estados Unidos el 26 de enero de ese año; y mensajes en los que el mandatario negó la existencia del denominado Cartel de los Soles.

El escrito también menciona publicaciones críticas contra figuras como el senador Miguel Uribe Turbay, el presidente de la Andi, Bruce Mac Master, y la periodista Paola Ochoa, señalando que estos mensajes habrían generado un ambiente de hostilidad y polarización.

Desde el punto de vista jurídico, la acción invoca jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de la Corte Constitucional de Colombia para sostener que la libertad de expresión de los altos funcionarios tiene límites derivados del impacto de sus palabras en la esfera pública.

Por su parte, la Presidencia defendió el derecho del mandatario a expresarse libremente en sus redes sociales. En respuesta oficial del 9 de julio de 2025, sostuvo que las publicaciones forman parte del debate democrático y están protegidas por la Constitución y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Con la admisión de la demanda, los accionados cuentan con diez días para responder y aportar pruebas. El tribunal también ordenó notificar a entidades como la Defensoría del Pueblo y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, así como publicar el proceso para conocimiento ciudadano.

La eventual decisión podría sentar un precedente sobre los límites del discurso presidencial en redes sociales y el alcance de la libertad de expresión cuando se ejerce desde cuentas personales con impacto institucional.