Gobierno elimina retención en la fuente para pagos con tarjetas desde marzo de 2026
La medida, incluida en un borrador de decreto del Ministerio de Hacienda, busca incentivar el uso de medios de pago electrónicos y aliviar el flujo de caja de comercios y consumidores.
El Gobierno nacional anunció que a partir del 1° de marzo de 2026 los pagos con tarjetas de débito y crédito dejarán de estar sujetos a la retención en la fuente del 1,5 %, un anticipo tributario que se aplicaba desde 2001 y que ahora se eliminará para fomentar la bancarización y modernizar los sistemas de pago digitales en Colombia.
La retención en la fuente aplicada a los pagos con tarjeta funcionaba como un descuento anticipado del impuesto de renta al momento de una transacción comercial. Bajo esta figura, cada vez que un consumidor pagaba con tarjeta, se practicaba automáticamente una retención del 1,5 % que luego se descontaba en la declaración de impuestos.
Según el borrador de decreto que publicó el Ministerio de Hacienda, la modificación al artículo 1.3.2.1.8 del Decreto Único Tributario 1625 de 2016 elimina esta retención específica para las tarjetas de crédito y débito desde marzo de 2026, lo que significa que el impuesto seguirá existiendo, pero no se practicará automáticamente en el momento de la compra.
La decisión responde a la intención oficial de incentivar el uso de medios electrónicos y digitales, reduciendo el costo inmediato de los pagos con tarjeta tanto para consumidores como para pequeños y medianos comercios, que ven en este impuesto anticipado una carga financiera que complica su flujo de caja.
El Gobierno también busca avanzar hacia una mayor trazabilidad financiera, reduciendo la dependencia del efectivo, que aún representa una parte importante de las transacciones cotidianas en el país. Según la Superintendencia Financiera, solo en noviembre del año pasado se hicieron 88,9 millones de transacciones con tarjeta de crédito y 229,8 millones con débito.
La propuesta normativapermitirá además eliminar confusiones regulatorias, ya que deroga artículos duplicados del Decreto 1625 de 2016, y se abre a comentarios públicos antes de su promulgación final.