Bogotá, Colombia
September 15, 2025
“El pueblo tendrá la última palabra”: Petro reacciona a suspensión del decreto de la consulta
Nación

“El pueblo tendrá la última palabra”: Petro reacciona a suspensión del decreto de la consulta

Jun 18, 2025

El presidente Gustavo Petro se pronunció tras el fallo del Consejo de Estado que suspendió provisionalmente los efectos del Decreto 0639 de 2025, con el que se convocaba una consulta popular para el 7 de agosto. A través de su cuenta en X, respondió al senador Carlos Fernando Motoa y defendió la legalidad del decreto, señalando que la Corte Constitucional, y no el Consejo de Estado, es la instancia competente para resolver su validez.

Petro afirmó que “ni el Consejo de Estado puede declarar inconstitucionalidad” ni existe ilegalidad en el decreto, ya que fue remitido a la Corte para su revisión. Aseguró que la suspensión provisional emitida por una sala del Consejo de Estado no es una decisión de fondo y minimizó la petición de cambio de asesores jurídicos hecha por Motoa, quien celebró el fallo y lo calificó como una defensa de la separación de poderes.

El mandatario advirtió que esta suspensión podría ser usada por la mesa directiva del Senado para frenar la conciliación de la reforma laboral, lo que pondría en riesgo los derechos recientemente adquiridos por los trabajadores. En ese sentido, trasladó la responsabilidad al Congreso y recordó que el pueblo, como poder soberano, tendrá la última palabra.

“La mesa directiva puede usar la suspensión para detener la conciliación y acabar con los derechos recién adquiridos por millones de trabajadores, o puede cumplir su palabra; ya no es ante mí, es ante el pueblo”, expresó Petro.

Desde el Consejo de Estado, la Sección Quinta explicó que la suspensión se dio tras aceptar una medida cautelar de urgencia solicitada por los demandantes, entre ellos el senador Efraín Cepeda. La ponencia, a cargo del magistrado Pedro Pablo Vanegas, consideró que el decreto no cumplió con el requisito constitucional de contar con el concepto previo favorable del Senado, como exigen el artículo 104 de la Constitución y las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015.

El alto tribunal aclaró que esta suspensión busca prevenir consecuencias jurídicas de un acto que, aparentemente, fue expedido con vicios de procedimiento. La medida no anula el decreto, pero sí congela sus efectos mientras se resuelve de fondo su legalidad.

A su vez, esta decisión judicial abre un nuevo capítulo en el pulso entre el Ejecutivo y el Legislativo por las reformas sociales impulsadas por el gobierno Petro, particularmente la laboral, que está pendiente de conciliación entre Senado y Cámara.

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