Bogotá, Colombia
September 14, 2025
Corte Constitucional da aval parcial a la conmoción interior en el Catatumbo y limita su alcance
Nación

Corte Constitucional da aval parcial a la conmoción interior en el Catatumbo y limita su alcance

Abr 30, 2025

El Gobierno celebra el respaldo, pero deberá ajustar medidas que exceden la crisis humanitaria actual.

La Corte Constitucional avaló parcialmente la declaratoria de conmoción interior decretada por el Gobierno Petro para enfrentar la grave crisis humanitaria en el Catatumbo. El alto tribunal limitó el alcance de la medida, validando solo las acciones enfocadas en responder a la violencia armada y el desplazamiento masivo.

Solo aplicará para enfrentar violencia reciente y atender crisis humanitaria

La decisión fue tomada por la Sala Plena, que consideró constitucional la conmoción interior únicamente en relación con la intensificación de los enfrentamientos armados entre el ELN y otros grupos ilegales, así como por los ataques a la población civil y a excombatientes del acuerdo de paz.

También se reconoció la gravedad de la crisis humanitaria en la zona, que ha dejado al menos 70 muertos y más de 70.000 desplazados desde enero, según cifras oficiales. La Corte concluyó que esta situación supera la capacidad actual del Estado para garantizar atención adecuada, lo que justifica medidas excepcionales.

Medidas válidas: seguridad, atención humanitaria y garantía de derechos

En su comunicado, la Corte especificó que solo se consideran válidas las disposiciones dirigidas al fortalecimiento de la fuerza pública, atención humanitaria, protección de derechos fundamentales y financiación para esas acciones puntuales.

Por ello, el Gobierno deberá revisar y ajustar el decreto para que se limite a estos aspectos y no incluya medidas que excedan el marco de la crisis actual.

Corte descarta medidas ligadas a problemas estructurales

La Corte fue clara en señalar que no avala el uso del estado de excepción para abordar problemáticas estructurales históricas, como la presencia prolongada del ELN, la concentración de cultivos ilícitos o los incumplimientos en la implementación del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos Ilícitos (PNIS).

En ese sentido, el alto tribunal recordó que la figura de la conmoción interior no puede ser utilizada para resolver fallas estructurales de largo aliento, sino exclusivamente para responder a situaciones excepcionales y urgentes que desbordan el orden institucional ordinario.

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