Desde el Senado de la República se aprobó en el último debate la sonada propuesta de aplicar la condena de cadena perpetua a violadores y asesinos de niños en Colombia.
Después de semanas en las que la propuesta de condenar a cadena perpetua a aquellos que violen y/o asesinen niños en el país, la plenaria del Senado finalmente aprobó el proyecto de ley que permite aplicar dicha medida judicial.
Este acto legislativo, aprobado con 78 fotos a favor y 0 en contra, realizará una modificación a la Constitución Política de Colombia, estableciendo la ‘cadena perpetua revisable’ para los responsable de los mencionados crímenes.
Según informó La Silla Vacía, dicha sanción será aplicada a aquellos que incurran en homicidio doloso, secuestro, tortura, acceso carnal o actos sexuales abusivos contra menores de 14 años. Cabe resaltar que dicha pena tiene la posibilidad de ser revisada nuevamente luego de 25 años.
La noticia fue dada a conocer por el mismo presidente de la República, Iván Duque Márquez, quién aseguró que es dicha aprobación es un motivo de “felicidad”; “Hoy como país reaccionamos. Hoy pensamos en tantos niños violentados que han sido víctimas de estos actos deleznables. Colombia tendrá cadena perpetua para que estos delitos tengan una sanción ejemplarizante” afirmó el primer mandatario.
Por otra parte, la ministra del Interior, Alicia Arango Olmos, aseveró que esta determinación es un paso importante en las labores de protección de los menores de edad; “el apoyo del Gobierno Nacional a esta iniciativa parlamentaria obedece a un firme compromiso del Presidente Iván Duque Márquez desde su campaña y que hace parte de sus políticas. Para este gobierno los niños, niñas y adolescentes son prioridad. Estamos convencidos de que hay que proteger al niño con la máxima pena: la prisión perpetua” aseguró la ministra Arango.
Asimismo, la jefe de esta cartera señaló que “delitos como la violación y asesinato de niños merecen sanciones disuasivas ejemplarizantes. El tema son los niños y el trato cruel e inhumano. Hoy se responde a un clamor de la sociedad que dice no más”.
Es necesario aclarar que, por tratarse de una reforma constitucional, esta nueva norma no necesita ser revisada por la Corte Constitucional, sino que solo espera la publicación en el Diario Oficial para entrar en vigencia. Sin embargo, por seguir con el protocolo, esta ley aprobada será remitida la Presidencia de la República. Cabe resaltar que esta resulta ser una decisión histórica para el país, dicha norma realiza cambios al artículo 34 de la Carta Magna, el cual establece que “Se prohíben las penas de destierro, prisión perpetua y confiscación”.