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MinEducación ordena a los profesores reponer las clases no dictadas por el Paro

Pese a que las clases virtuales continuaron realizándose durante las protestas, el ministerio obligaría a los profesores a reponer las clases que no dictaron de forma presencial por el Paro Nacional.

Por medio de la circular 12 de 2021, el Ministerio de Educación decretó nuevas orientaciones sobre cómo debe avanzar el plan de reposición del tiempo de trabajo académico presencial para los estudiantes de todo el país, explicando las modificaciones que se realizarán al calendario académico.

El enfoque principal de la media está sobre la reposición efectiva del tiempo académico que los estudiantes no han recibido en los últimos meses por parte de los docentes, quienes han permanecido en un ses de actividades desde el mes de abril de este año a causa del Paro Nacional y de un pliego de peticiones hacía el Gobierno Nacional que aún no se ha cumplido.

“Las Secretarías de Educación deberán asegurar el cumplimiento de los programas y contenidos curriculares de cada establecimiento educativo estatal en forma presencial y con la plena garantía y respeto del derecho fundamental a la educación lo cual puede implicar la implementación de diversas estrategias pedagógicas y eventualmente la modificación del calendario académico en el marco de la normatividad vigente”, advierte la circular publicada por el ministerio.

De igual forma, el documento presentado advierte sobre serán las autoridades locales las cuales tendrán bajo su responsabilidad de hacer cumplir el calendario académico, asegurando que se haga un control sobre el cumplimiento de la reposición de clases por parte de los docentes y así garantizar el derecho de los niños y jóvenes a la educación.

“la entidad territorial certificada, como responsable de garantizar la prestación del servicio educativo y el cumplimiento del calendario académico en su territorio, la que debe adoptar las medidas pertinentes que garanticen la continuidad en la prestación del servicio público (…) la reposición efectiva del tiempo académico que no recibieron los estudiantes por la participación total o parcial de los docentes y directivos docentes en los ceses de actividades durante los meses de abril, mayo o junio del año en curso, está encaminado a garantizar el derecho fundamental a la educación”, asegura el documento.