Tras la decisión a favor del líder de la Colombia Humana, son muchas las voces que insisten en que su indemnización sea asumida por el exprocurador Ordoñez, pues fue quien emitió la orden.
Tras el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el estado Colombiano deberá indemnizar al exalcalde de Bogotá y hoy senador de la República Gustavo Petro, la cuantiosa suma de 28.000 dólares comprendida en reparación inmaterial y retribución de gastos procesales.
Recordemos que la destitución impuesta por la Procuraduría General de la Nación, el 9 de Diciembre del 2013, se dio por decisión del entonces procurador General Alejandro Ordoñez, quien actualmente ocupa el lugar embajador de Colombia en la OEA. De aquel proceso en contra del entonces Alcalde de Bogotá, se habló mucho sobre una posible motivación personal y que se justificó por fallas en una iniciativa para la desprivatización del servicio de recolección de basura.
Cómo lo expresó la Corte mediante sentencia a favor de Petro, sus derechos políticos se vieron afectados por la sanción de destitución e inhabilitación de 15 años impuesta por la Procuraduría que, aunque fue anulada por el Consejo de Estado en Abril del 2014, no repara integralmente el daño que recibió el exalcalde con el hecho ilícito que constituyó la violación del derecho al ejercicio de una función de elección popular.
La decisión tomada por el entonces procurador Alejandro Ordoñez configuró violación a los derechos del actual senador consignados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos en aspectos como la presunción de inocencia, derecho a la defensa, garantía de imparcialidad y principio de jurisdiccionalidad, hecho que hace responsable al estado de indemnizar con poco más de 160.000 millones de pesos al exalcalde de Bogotá.
Ante el fallo dictado por la CIDH, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado estudiará si el exprocurador general es quien debe responder por la indemnización fijada a favor del Senador de Colombia Humana. Si se comprueba que el Embajador Alejandro Ordoñez incurrió en un error de dolo o culpa grave al destituirlo, es quien debe encargarse de resarcir el daño en virtud de la acción de repetición que indica que el funcionario debe reintegrar el monto de la indemnización al Estado, por cometer la conducta que dio lugar a la reparación económica, explicó Camilo Gómez, director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
El ex candidato presidencial Humberto de la Calle al conocer el fallo de la CIDH menciono también en su cuenta de Twitter: “Ante la condena a Colombia por actuaciones arbitrarias del doctor Ordóñez, corresponde al gobierno ordenar que se inicie el proceso legal para que el mencionado ex funcionario reintegre los dineros que tenga que pagar el Estado colombiano con dinero de los contribuyentes”. Lo que continuó al pedir que se debería reconsiderar el cargo que ocupa actualmente en la OEA el exjefe del Ministerio Público por sus arbitrarias decisiones.
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