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Ejemplos para Colombia; los países que ya pusieron un límite al sueldo de los congresistas

Mientras en Colombia aún se está dando la discusión sobre la necesidad de bajarle el salario a los congresistas, existen países que han tomado medidas contundentes sobre el tema.

Teniendo como referente lo ocurrido el pasado 5 de agosto, luego que el presidente Iván Duque firmó el decreto 1546, con el cual incrementó en un 2.61 %, y de forma retroactiva, el salario a los 108 senadores y 168 representantes a la Cámara del país, quedó más que comprobado que una en las tres últimas décadas la remuneración a los legisladores ha tenido un incremento del 343.1 %, una cifra indignante para la gran mayoría de colombianos.

Según los informes, el aumento salarial fue equivalente a $898.321, razón por la cual la asignación mensual para cada parlamentario pasó de $34’418.433 a $35’316.754. Dicha cifra corresponde a la asignación básica mensual, que incluye los gastos de representación y la prima de servicios.

Sobre el aumento registrado, la Agencia de Periodismo Investigativo, API, consideró que esta situación pone en evidencia la forma desmedida en que ha ido aumentando el sueldo de estos servidores públicos, pues para tener en cuenta, el sueldo de los legisladores en 1991 era de $712.665.

Continuando con el paralelismo, el salario mínimo sin subsidio de transporte para la época era de $ 51.716, es decir, que los parlamentarios devengaban un poco más de 13 salarios mínimos, mientras que veintidós años después, en 2013, la asignación mensual de los congresistas ya estaba en $24.051.640 y el salario mínimo de los colombianos sin subsidio de transporte era de $589.500, lo que en su momento fue equivalente a 40.8 salarios mínimos.

Cabe tener en cuenta que uno de los principales problemas para reducir el salario de los parlamentarios se debe a que el reajuste salarial no solo de los legisladores, si no también de otros altos funcionarios como el procurador, contralor, magistrados de altas cortes, entre otros, está atado a la Constitución.

Según explica la norma superior en su artículo 187, la asignación de los miembros del Congreso se reajustará cada año en proporción igual al promedio ponderado de los cambios ocurridos en la remuneración de los servidores de la administración central, por lo que su modificación no es tan sencilla como algunos pueden llegar a pensar.

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