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Deudores morosos tendrán forma de conseguir salir de la ‘lista negra’ de Datacrédito

Así lo advirtió la Superintendencia de Industria y Comercio, revelando la posibilidad de que las personas puedan mejorar su vida crediticia y dejar atrás las faltas que alguna vez cometieron.

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) detalló cuáles son los canales para hacer reclamos en el marco de la nueva ley denominada “borrón y cuenta nueva”, la cual está dirigida para que 10 millones de colombianos recuperen su capacidad de crédito luego de ser reportados ante Datacrédito.

Esta nueva ley, la cual está vigente desde el pasado 29 de octubre ofrece una serie de beneficios que ya fueron publicados por la SIC, con un listado de los pasos a seguir en caso de que si una persona está reportada en las listas de datacrédito, pueda acceder al beneficio sin recibir una evasiva.

La SIC asegura además que existen reportes negativos que deben ser eliminados de manera prioritaria por la naturaleza de sus deudas y que pertenecen a deudores y codeudores con el Icetex, pequeños productores agropecuarios, víctimas del conflicto armado, personas clasificadas dentro de las Mipymes y personas naturales con actividades comerciales.

Asimismo, la entidad reguladora agrega que las personas que entraron en mora ante Datacrédito entre el 12 de marzo y el 31 de diciembre de 2020 podrán aplicar a la nueva ley. Sin embargo, solo podrán hacerlo si buscan reestructurar su deuda y no con los beneficios que gozarán los demás deudores.

Si usted es una de las personas que desea aplicar a esta nueva ley, la SIC recomienda seguir los siguientes pasos para dar claridad al proceso que busca liberar el cupo crediticio de 10 millones de colombianos:

Si encuentra que las centrales de riesgo no han eliminado los reportes negativos, puede presentar un reclamo ante estas o ante la entidad que lo reportó.
Si la central de riesgo o la entidad que lo reportó no responde el reclamo dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de su recibo, se entenderá, para todos los efectos legales, que la solicitud ha sido aceptada, tal y como lo ordena el artículo 7 de la Ley 2157 de 2021.

Si, a pesar de lo anterior, el reporte negativo persiste, puede solicitar a la Superintendencia de Industria y Comercio la imposición de sanciones pertinentes, sin perjuicio de que se adopten las decisiones a que haya lugar para proteger el derecho fundamental de habeas data. Para dicho efecto, radique su queja a través de la página web: https://servicioslinea.sic.gov.co.

Si quien lo reportó es un banco o una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera, deberá presentar la queja ante esa Superintendencia. Adicionalmente, podrá utilizar la herramienta virtual SIC Facilita para solucionar el caso de manera directa con la fuente de información. Para dicho efecto, ingrese a sic.gov.co.