La cuarentena no se levantará este 1 de junio como muchos esperaban, sin embargo, la idea sigue siendo reactivar la economía.

Tras la primera extensión de la cuarentena que se dió a cabo el 13 de abril, los colombianos han venido desconfiando de las fechas límites en las que se pretenden levantar las medidas de aislamiento, pues basándose en el número de contagios que presenta el país, la continuidad de las medidas se hacen apenas lógicas.

Es por ello que, de la misma manera que se viene presentando desde el pasado mes, el Gobierno por medio del decreto 749 de 2020 ha anunciado una nueva extensión de la cuarentena que comenzará este 1 de junio y terminará el 1 de julio, 

“Ordenar el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de junio de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de julio de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19”, advierte el decreto nacional.

Sin embargo, esta nueva extensión trae consigo un total de 43 excepciones, en las que se establecen las condiciones para que los colombianos pueda salir de sus casas a realizar ciertas actividades, resaltando actividades comerciales y deportivas, y manteniendo condiciones de gran severidad para la población más propensa al virus como los adultos mayores.

Entre las excepciones se establece la reactivación de algunos negocios tales como peluquerías, centros comerciales, bibliotecas y museos, mientras negocios como bares y discotecas donde suelen haber gran aglomeración de personas siguen restringidas al público.

Sin embargo, pese al gran número de excepciones y condiciones que establecen para que los colombianos empiecen a recuperar su ritmo habitual de vida, se sigue haciendo gran énfasis por parte del Gobierno en mantener los protocolos de bioseguridad para evitar en lo posible nuevos casos de contagio.

“Durante el tiempo que dure la emergencia sanitaria por causa de la pandemia del Coronavirus COVID-19, las entidades del sector público y privado procurarán que sus empleados o contratistas cuya presencia no sea indispensable en la sede de trabajo,desarrollen las funciones y obligaciones bajo las modalidades de teletrabajo, trabajo en casa u otras similares”.